Sobre la Secpla

Información sobre la Secretaría Comunal de Planificación de San Miguel

La Secretaría Comunal de Planificación (SECPLA), desempeña funciones de asesoría de la alcaldesa y del concejo, en materias de estudios y evaluación, propias de las competencias de ambos órganos municipales.

En tal carácter, le corresponderán las siguientes funciones:

  1. Servir de secretaría técnica permanente del alcalde y del concejo en la formulación de la estrategia municipal, como asimismo de las políticas, planes, programas y proyectos de desarrollo de la comuna;
  2. Asesorar al alcalde en la elaboración de los proyectos de plan comunal de desarrollo y de presupuesto municipal;
  3. Evaluar el cumplimiento de los planes, programas, proyectos, inversiones y el presupuesto municipal, e informar sobre estas materias al concejo, a lo menos semestralmente;
  4. Efectuar análisis y evaluaciones permanentes de la situación de desarrollo de la comuna, con énfasis en los aspectos sociales y territoriales;
  5. Elaborar las bases generales y específicas, según corresponda, para los llamados a licitación, previo informe de la unidad competente, de conformidad con los criterios e instrucciones establecidos en el reglamento municipal respectivo;
  6. Fomentar vinculaciones de carácter técnico con los servicios públicos y con el sector privado de la comuna, y
  7. Recopilar y mantener la información comunal y regional atingente a sus funciones.
  8. Evaluar la totalidad de las respuestas en las licitaciones públicas que llame el municipio, en conjunto con la Unidad correspondiente.
  9. Compatibilizar técnicamente los planes y programas comunales con el Plan Regional de Desarrollo
  10. Coordinar con las demás unidades municipales la programación del trabajo anual para la ejecución de proyectos y cumplimientos del Presupuesto.
  11. Coordinar la elaboración de estudios y proyectos de arquitectura, de inversión regional, cuando corresponda y elaborar aquellos que exprésamente se le encomiente por el Alcalde.
  12. Evaluar y coordinar las políticas y programas financieron de manera de obtener su mejor aplicación al quehacer municipal por parte de las unidades asesoras y operativas del municipio, que tengan a su cargo el movimiento contable y presupeustario y/o ejecución del mismo u obras del Plan de Desarrollo Comunal.
  13. Visar las órdenes de pedido de adquisiciones que no analice el Comité de Finanzas, de un monto sobre las 35 U.T.M. y hasta 50 U.T.M. inclusive.
  14. Asesorar y apoyar, según el Alcalde lo disponga, a las demás direcciones en aquellas materias que sean de su competencia.
  15. Velar por el cumplimiento de las funciones a ejercer por el personal a su cargo.
  16. Cumplir con las demás funciones que la Ley, el presente Reglamento o el Alcalde le encomiende.

Presupuesto

El proceso presupuestario en un proceso fundamental porque permite proyectar los ingresos y gastos que tendrá la municipalidad. Dentro de este proceso, la evaluación permite llevar un control de la ejecución presupuestaria para poder generar modificaciones presupuestarias en caso de requerir y analizar el desarrollo del ejercicio presupuestario anual.